Con carácter de miembros colaboradores, las Asociaciones empresariales y las empresas del sector de la ingeniería de consulta en todas sus ramas,la arquitectura, los servicios tecnológicos, la consultoría, la innovación y la industria del conocimiento, sean personas físicas o jurídicas, cuya actividad esté incluida en el ámbito de la misma y dadas de alta en las actividades económicas correspondientes, siempre que justifiquen su deseo expreso y se les autorice ante la imposibilidad de pertenecer a una organización empresarial integrada en esta Federación.